Nº | Fecha Aproximada | Orden del día previsto |
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1 | Segunda semana de septiembre | Solicitud de actividades extraescolares y servicios complementarios |
2 | Cuarta semana de octubre | Programación General Anual PGA. |
3 | Segunda semana de noviembre | Justificación anual de cuentas |
4 | Primera semana de diciembre | Elecciones al Consejo Escolar, en años impares / renovación parcial |
5 | Cuarta semana de mayo | Admisión. Revisión de la baremación de solicitudes de plaza. Solicitud de horario |
6 | Cuarta semana de junio | Memoria final del curso académico |
7 | Segunda semana de julio | Ayudas de comedor escolar. |
NOMBRE | CARGO/SECTOR | CORREO ELECTRÓNICO |
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Miguel Carrillo Ferrer | Presidente | migueloleza@gmail.com |
Iván Hernández Montalvo | Secretario | colegio.oleza@gmail.com |
María Merino González | Padres/Madres | marimerino.maria98@hotmail.com |
Hicham Chergui Mouhssine | Padres/Madres | douzar70@hotmail.com |
Sara Murcia Casasola | Padres/Madres | saramurciacasasola@hotmail.com |
Álvaro Velayos Escrich | Padres/Madres | moulin.russ@gmail.com |
Rocío Bleda Rocamora | Alumn@s | cristinarocamora30@gmail.com |
Francisco Juan Ortuño | Alumn@s | encarnaortmart@gmail.com |
Ana Izquierdo Ruiz | Profesores | anaizquierdooleza@gmail.com |
Laura Marín Montero | Profesores | montero.oleza@gmail.com |
Domingo Ballesta Ortuño | Profesores | domingooleza@gmail.com |
Hortensia González Cerro | Profesores | hortensiaoleza@gmail.com |
Begoña Abadía Cámara | Representante Titularidad | begonaoleza@gmail.com |
Mariluz Salazar López | Representante Titularidad | mariluzoleza@gmail.com |
Ana Verdú Muñoz | Representante Titularidad | anaverduoleza@gmail.com |
José Ramón Fernández | PAS | jose_ramon_3@hotmail.com |
El Consejo Escolar es el órgano de participación en el control y gestión del centro de los distintos sectores que constituyen la comunidad educativa.
El Consejo Escolar está compuesto por los siguientes miembros:
a) El Director del centro, que será su Presidente.
b) Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle radicado
el centro.
c) Cuatro profesores, elegidos por el Claustro.
d) Tres representantes de la titularidad.
e) Cuatro padres y dos alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos.
f) Un representante del personal de administración y servicios del centro.
g) El Secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.
El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes atribuciones:
a) Formular propuestas al equipo directivo sobre la programación anual
del centro y aprobar el proyecto educativo, sin perjuicio de las competencias del Claustro de
profesores, en relación con la planificación y organización docente.
b) Elaborar informes, a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento
del centro y sobre aquellos otros aspectos relacionados con la actividad del mismo.
c) Participar en el proceso de admisión de alumnos y velar para que se realice con sujeción
a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.
d) Aprobar el reglamento de régimen interior del centro.
e) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar
por que éstas se atengan a la normativa vigente.
f) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y su liquidación.
g) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar.
h) Proponer las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con
otros centros, entidades y organismos.
i) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento
escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración
educativa.
j) Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de
los miembros del equipo directivo.
k) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.
El Consejo Escolar se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso, será preceptiva, además, una reunión a principio de curso y otra al final del mismo. La asistencia a las sesiones es obligatoria para todos sus miembros.
El procedimiento de elección de los miembros del Consejo Escolar se desarrollará durante el primer trimestre del curso académico. El Consejo Escolar se renovará por mitades cada dos años de forma alternativa. Los miembros de la comunidad educativa sólo podrán ser elegidos por el sector correspondiente y podrán ser candidatos para la representación de uno sólo de dichos sectores, aunque pertenezcan a más de uno. A efectos de organización del procedimiento de elección, se constituirá en cada centro una junta electoral.